Servicio de Actividades Deportivas Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social

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Información general

Seguro Escolar

¿Qué es el seguro escolar?

El seguro escolar es un seguro que suscriben de forma individual los universitarios al matricularse, cuesta 1,12 € y es obligatorio para todos los estudiantes menores de 28 años, españoles y extranjeros, residentes legalmente en España.

¿Qué se considera accidente escolar?

El seguro escolar considera accidente escolar practicando actividades deportivas, cuando las mismas sean organizadas por la Universidad o por los centros docentes.

¿Qué no se considera accidente escolar?

El seguro escolar no considera accidente escolar cuando la actividad deportiva que realiza el estudiante, fuera del horario escolar, sea a título particular en el campus universitario, colegios mayores, centro deportivos municipales o clubes privados.

Prestaciones

1.- Las prestaciones de asistencia sanitaria serán a través de los centros y el sistema del Servicio Aragonés de Salud (S.A.S.), presentando la Tarjeta de titular o beneficiario. Aquellos que no tengan tarjeta  sanitaria del S.A.S. (por no tener derecho a ella) deben acudir a su centro de salud para obtenerla.

2.-  Las prestaciones económicas se tramitarán  a través del INSS  y consisten en:

  • Indemnización si se produce incapacidad (máximo 601 euros)
  • Pensión vitalicia si se produce gran invalidez (144,24. euros anuales)
  • Gastos de sepelio (máximo 120 euros)

Existe información pormenorizada en la Guía de Matrícula y en la página web de la Universidad de Zaragoza.

Asistencia sanitaria

En caso de necesitar asistencia sanitaria el estudiante podrá:

  • Dirigirse a su centro de salud (asignado por domicilio).
  • Dirigirse al hospital más cercano, en caso de urgencia.
  • Requerir la presencia del 061 Aragón, si fuese necesario.

Quedan excluídos del seguro escolar

  • Estudiantes matriculados de 1º, 2º y 3º ciclo, o cualquiera de los tres ciclos: Grado, Master y Doctorado de los títulos que tengan carácter oficial y validez en todo el territorio nacional a los que se refiere el artículo 37 de la  Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades, mayores de 28 años (seguro de accidentes obligatorio para los mayores de 28 años).
  • Estudiantes de estudios Propios (tienen otro seguro obligatorio).
  • Estudiantes ICE y Centro Lenguas Modernas.
  • Personal Docente y sus familiares directos.
  • Personal de Administración y Servicios y sus familiares directos.
  • Ex-alumnos.
  • Estudiantes de otras universidades.

 

No existe ningún seguro de accidentes de asistencia sanitaria propio y específico de las instalaciones y de las actividades del Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Zaragoza.